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La proscripción de conductas abusivas es un principio procesal bifronte
Por Mariana A. Liksenberg
SÍNTESIS: La ponencia procura, en primer lugar, encontrar una solución desde el ámbito del Derecho Procesal que permita al tribunal prevenir y sancionar de oficio las conductas procesales abusivas, en aquellas legislaciones que no han reconocido expresamente esta atribución, como acontece en la Provincia de Córdoba. En segundo término, se analiza si la garantía de defensa en juicio queda asegurada mediante el poder impugnativo ejercido con posterioridad a la sanción o, bien, es necesaria una sumaria sustanciación previa a la resolución que sanciona de oficio los abusos procesales.-
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Términos mencionados en esta doctrina: abusivas, procesal, procesales, conductas, solución, tribunal.